Facturaban como autónomos, pero eran empleados: fallo sacude a hospital de Bariloche
La Justicia ordenó indemnizaciones y sanciones por más de diez años de empleo no registrado.
Redacción
Master Río Negro
Publicado el:
Mar 10 Febrero 2026 08:42hs
Facturaban como autónomos, pero eran empleados: fallo sacude a hospital de Bariloche
Un fallo del fuero Laboral de San Carlos de Bariloche determinó que médicos del servicio de oftalmología del Hospital Privado Regional del Sur trabajaron durante más de una década bajo un esquema de empleo no registrado, pese a que formalmente facturaban como prestadores autónomos.
La sentencia concluyó que existía un vínculo laboral encubierto y aplicó el principio de primacía de la realidad, priorizando los hechos concretos por sobre los contratos firmados entre las partes.
La decisión es de primera instancia y puede ser apelada.
Cómo funcionaba el esquema
Según el tribunal, los profesionales atendían pacientes en consultorios del centro médico, utilizaban equipamiento e insumos provistos por la institución y contaban con soporte administrativo propio del establecimiento.
Los turnos eran asignados desde la recepción del hospital, las vacaciones debían informarse previamente para reorganizar la agenda y las consultas seguían pautas internas de funcionamiento.
Para la Cámara, estos elementos demostraron que la actividad médica estaba integrada de manera estable en la estructura empresarial del centro de salud privado en Bariloche.
Facturación y control de ingresos
El fallo destacó que los pacientes eran considerados usuarios del hospital y que la facturación quedaba bajo control de la institución, tanto en prestaciones particulares como frente a obras sociales.
Los médicos no fijaban honorarios, no gestionaban los cobros ni asumían riesgos económicos propios. Percibían sumas fijas previamente acordadas, modalidad que el tribunal consideró incompatible con una prestación independiente.
Los argumentos del Hospital y la respuesta judicial
El Hospital Privado Regional del Sur sostuvo que se trataba de contratos de prestación de servicios profesionales, con autonomía técnica en el ejercicio médico.
Sin embargo, la Cámara Laboral señaló que la autonomía científica del acto médico no excluye la existencia de una relación laboral cuando la prestación se realiza dentro de una organización empresaria ajena y bajo condiciones de subordinación jurídica y dependencia económica.
El tribunal verificó la presencia de los elementos típicos del contrato de trabajo: prestación personal, continuidad en el tiempo, ajenidad en los riesgos y subordinación.
Indemnizaciones y sanciones por falta de registración
La sentencia ordenó el pago de indemnizaciones laborales, créditos salariales y sanciones por falta total de registración, al considerar que el centro médico incumplió la normativa laboral vigente durante más de diez años.
Además, el fallo señaló que los profesionales debieron recurrir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de sus derechos laborales.
La resolución, aunque apelable, sienta un precedente relevante para el sistema de salud privado en Bariloche y en la provincia de Río Negro.



