Volvió de una extensa licencia médica y un banco de la región lo despidió: qué resolvió la Justicia

El trabajador permaneció un año con licencia debido a problemas de salud vinculados al estrés y la exigencia laboral. La Justicia analizó el caso y definió su situación.

Redacción

Master Río Negro

Publicado el:

Sáb 21 Febrero 2026 11:31hs

Volvió de una extensa licencia médica y un banco de la región lo despidió: qué resolvió la Justicia

Volvió de una extensa licencia médica y un banco de la región lo despidió: qué resolvió la Justicia

La presión constante y la sobrecarga laboral afectaron la salud mental de un trabajador del Banco Santander de General Roca, quien debió iniciar un tratamiento psiquiátrico que se extendió durante un año.

Tras recibir el alta médica, intentó retomar sus tareas habituales en la entidad. Sin embargo, la gerencia le impidió el ingreso a las instalaciones y la empresa interrumpió el pago de sus haberes. Ante la falta de respuestas claras sobre su situación laboral, el empleado se consideró despedido.

El fuero laboral de Roca dictó sentencia a su favor y condenó a Banco Santander Río S.A. al pago de diferencias salariales, antigüedad, preaviso y otros conceptos indemnizatorios.

Volvió de una extensa licencia médica y un banco de la región lo despidió: qué resolvió la Justicia

Volvió de una extensa licencia médica y un banco de la región lo despidió: qué resolvió la Justicia

Los jueces concluyeron que la entidad incurrió en incumplimientos graves, entre ellos la negativa injustificada de otorgar tareas. Además, el fallo ordenó la entrega inmediata de los certificados de servicios y el reconocimiento de los salarios no abonados durante los últimos meses de licencia.

Por su parte, el banco relativizó el cuadro de salud del trabajador. En su contestación de demanda sostuvo que el empleado había sufrido una fractura en su domicilio que le generó una situación traumática y negó que el tratamiento psiquiátrico estuviera vinculado a las condiciones laborales.

Los argumentos del fallo

La entidad había remitido un telegrama notificando el inicio del período de reserva de puesto y abonó su remuneración durante cinco meses adicionales.

El tribunal recordó que la Ley de Contrato de Trabajo establece que, ante un accidente o enfermedad inculpable que impida prestar servicios, el trabajador tiene derecho a percibir su salario durante un plazo determinado.

En este caso, se analizaron dos dolencias: una fractura de cadera derecha y una afección psiquiátrica. Si bien el banco afirmó que la segunda fue consecuencia de la primera, no presentó pruebas que respaldaran esa postura.

El trabajador cumplió con el control médico dispuesto por la empresa. Un profesional le otorgó el alta y la entidad no objetó ese documento, por lo que los magistrados entendieron que no existía impedimento para su reincorporación.

“En estas condiciones, el actor tenía derecho a ser reincorporado al trabajo luego del alta médica y, al no permitírselo el banco sin ninguna razón valedera, violó el deber de ocupación”.

El fallo concluyó que los incumplimientos contractuales fueron de tal gravedad que justificaron la ruptura del vínculo y habilitaron el pago de la integración del mes de despido, el preaviso y la indemnización por antigüedad.

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