Condenado por azotar con un cable a su hija de 8 años

El padre castigó a la niña cuando hacía los deberes escolares.

Redacción

Master Río Negro

Publicado el:

Mié 03 Septiembre 2025 09:11hs

Condenado por azotar con un cable a su hija de 8 años

Foto: Estefania Petrella

Un hombre que azotó con un cable a su hija de 8 años de edad fue condenado a ocho meses de prisión en suspenso, por lo que no irá tras las rejas, aunque deberá cumplimiento de pautas de conducta. La pena fue acordada en un juicio abreviado, por lo que el acusado JOP admitió su culpa.

El incidente se produjo entre el 15 y el 17 de marzo último en un domicilio de Cipolletti, donde residía la familia.

De acuerdo a la acusación que presentó la fiscal Alejandra Altamira, la nena estaba sentada realizando la tarea escolar, y el progenitor “insultándola a los gritos, con un cable la golpeó en la espalda”.

Le provocó a la chiquita una lesión de 4.8x1.7 centímetros, descripta como “equimótica evolucionada, de tinte verde amarillento, que presenta forma de coma o paréntesis”.

JP fue denunciado y resultó imputado por el delito de “lesiones leves agravadas por el vínculo”.

La causa se encaminó a un juicio abreviado consensuado entre la Fiscalía y el defensor Oficial Rodrigo Martínez, con el consentimiento de la defensora de Menores, Alicia Merino, que informó acerca de la vinculación de un proceso por violencia familiar que se tramita en la Unidad Procesal de Familia 5 de Cipolletti.

La fiscal Altamira propuso imponerle al acusado una pena de ocho meses de prisión en suspenso y medidas de comportamiento por dos años. Requirieron que sea homologado el acuerdo.

El hombre y su defensor aceptaron el ofrecimiento, con lo que quedó asentado que admitía haber cometido el hecho que le enrostraron. También consintió el acuerdo la Defensora de Menores.

El juez Guillermo Merlo avaló el planteo formulado por las partes y dictó la sentencia en los términos consensuados.

Destacó entre los fundamentos del fallo que además de la confesión de JP, quien carecía de antecedentes penales, contaban con pruebas que confirmaban su culpa.

Mencionó en este aspecto el relato de quien hizo la denuncia, fotografías que aportó y “Registros fílmicos que ilustran el momento del hecho”.

También se presentó el certificado de las lesiones elaborado por un médico forense, la documentación que acredita el vínculo padre e hija, un informe técnico de la SENAF - Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia- el expediente que se tramita en el fuero de Familia.

Además de los ocho meses de prisión condicional, JP debe cumplir medidas de comportamiento por el espacio de dos años.

Una de ellas establece la prohibición de acercamiento a menos de 500 metros del domicilio de la chiquita, aunque “se exceptúa todo tipo de comunicación que la menor realice hacia él debiendo abstenerse de generar problemas”. Aunque este punto quedará supeditado a lo que se disponga desde el fuero de familia.

Otra pauta obliga al progenitor a realizar un tratamiento psicológico en el establecimiento Ruca Quimey, debiendo acreditar su inicio durante los proximos 30 días, informar cuenta de su avance y eventual alta.

El resto de las medida son de rigor: mantener el domicilio y teléfono informado; no cometer nuevos delitos; abstenerse de consumir alcohol y estupefacientes en la vía pública; someterse al control del IAPL -Instituto de Asistencia de Presos y Liberados- y presentarse cada dos meses en el Juzgado de Ejecución para “dar razones de vida”.

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